Factura Electrónica Obligatoria 2025

La digitalización se está afianzando en todos los ámbitos empresariales, independientemente del sector y de la magnitud de la empresa. Como evidencia de ello contamos con la implementación de la nueva Ley Crea y Crece, como se le conoce coloquialmente a la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

La nueva Ley ha introducido novedades en la factura electrónica, la principal es que la factura electrónica será obligatoria para autónomosy empresas sin distinciones.

Ley de Crea y Crece. Hablamos de la Factura Electrónica Obligatoria 2024.

La ley de Creación y Crecimiento Empresarial, determina entre otras modificaciones, la obligatoriedad de la facturación electrónica en todas las transacciones realizadas entre autónomos y empresas. Esta modificación queda recogida en el artículo 12 de la ley mencionada.

 

Por lo que la facturación electrónica para los autónomos en España dejará de ser opcional y se convierte en un requerimiento legal obligatorio siempre y cuando el cliente sea una empresa u otro autónomo. Según la propia ley el objetivo de esta modificación busca digitalizar las interaciones comerciales, disminuir gastos y combatir el retraso de los pagos.

Puntos clave:

  • Todas las empresa y autónomos estarán obligados a utilizar las facturas electrónicas siempre y cuando el cliente sea otra empresa o autónomo.
  • Los emisores y destinatarios de la facturas estarán obligados a permitir el acceso a las mismas.
  • Los progrmas empleados en expedir las facturas electrónicas deben poder interconectarse de manera gratuíta.
  • La documentación debe estar disponible los cuatro años siguientes a su emisión. Además los receptores podrán pedir una copia sin incurrir esto en un coste extra.
  • Una factura se considera electrónica únicamente cuando se emite y recibe en formato electrónico. Por lo tanto, la impresión en papel de lo generado a través de un software de facturación no cumple con este criterio.

¿Quién está obligado a utilizar las facturas electrónicas?

La ley Crea y Crece no deja lugar a duda en este punto, cita textualmente «Todas las empresas y autónomos». Por lo que todas las empresas independientemente de su facturación estarán obligados a acatar las nuevas modificaciones. 

Aunque, cabe resaltar que como dice la ley sera obligatorio siempre y cuando la factura sea entre autonómos y empresas, por lo que esta exigencia no se aplica a facturas dirigidas a particulares, por ejemplo, la factura de un dentista que realiza un empaste a una persona particular. 

Por otro lado, el gobierno podrá obligar a empresas a facturar electrónicamente a particulares que lo acepten o lo hayan pedido expresamente. Siempre que cumpla los requisitos: 

 

  • La empresa debe tener comunicación telemática con sus clientes por la naturaleza de la misma. 
  • Que rxpidan un gran número de facturas. 

Ampliar información: Si quieres conocer la Ley Crea y Crece puedes leerla directamente.

¿Cuándo entra en vigor las modifiaciones de la nueva ley?

Aunque Ley Crea y Crece entró en vigor el 19 de Octubre de 2022, las modificaciones sobre la factura electrónica obligatoria de 2024 para empresas y autónomos entrarán en vigor de manera escalonada para facilitar la adptación a tales medidas.

Este reglamento aún no esta aprobado, salió a consulta pública el pasado 7 de Marzo de 2023, por lo que se tantea que las fechas serán las siguientes:

Todas las empresas estarán obligadas, a partir de julio del 2025, a realizar sus facturas en formato electrónico, sin que exista excepción alguna para ningún sector. Esta ley impulsada por el Gobierno de España, tiene como objetivo, por un lado, impedir las manipulaciones contables, y, por otro lado, aumentar el control sobre las operaciones, accediendo de forma inmediata a los datos de las facturas.

¿Cómo es una factura electrónica?

La empresa emisora deberá contar con un software certificado que cumpla con las siguientes características:

– El Software debe poder realizar el envío voluntario de los registros a la Agencia Tributaria automáticamente. 

– Las facturas podrán ser rectificadas pero nunca borradas o alterar el registro informático.

– Debe de emplearse medios que garanticen la autenticidad e integridad de la factura electrónica. 

Además estas facturas electrónicas también deberán cumplir con las exigencias de la normativa específica sobre facturación. 

Penalizaciones por no presentar las facturas de manera electrónica.

Como hemos comentado anteriormente todas las empresas y autónomps estarán obligadas a presentar sdus facturas de manera electrónica y facilitar el acceso a dichas facturas durante un periodo de 4 años. El incumplimiento de estos requsitos conllevará una sanción administrativa, que puede variar desde una advertencia hasta multas de 10.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Desde iBodegas os recomendamos adaptarse lo antes posible a las nuevas modificaciones ya que es la única forma de evitar las sanciones mencionadas. 

¿Cómo adaptarte a la Facturación Electrónica?

Para realizar los trámites de la factura electrónica obligatoria en 2024 manera eficiente y segura el gobierno recomienda utilizar un software facturación. Con un software como el de iBodegas, que ha sido diseñado exclusivamente para el sector vinícola, no tendrás que preocuparte de nada porque nuestro programa se encarga de:

Ofrecer facturas homologadas: La nueva normativa exige unos requisitos obligatorios para los programas de facturación.

Emitir facturas electrónicas: Con iBodegas podrás despreocuparte de las sanciones por las nuevas modificaciones ayudandote a horrar tiempo e imprevistos para que lo dediques a tu bodega.

Demás documentación Legal: Nuestro software está en contínua actualización para ajustarse a las constantes modificaciones legales como Silicie, Infovi, Cuaderno de campo..

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